En las primeras cartas fundamentales que rigieron a nuestra naciente República, en el Reglamento de la Autoridad Ejecutiva de 1811, que fue la primera, y en las de 1812, 1814 y 1818, nada se estableció sobre la extensión o límites del territorio nacional. Sólo en la de 1822, en el artículo 3°, se hace una declaración de esos límites que fueron: por el Norte, el despoblado o desierto de Atacama; por el Sur, el Cabo de Hornos; por el Oriente; los Andes, y por el Poniente, el Océano Pacífico. Se agregaba que pertenecían al país, las islas de Chiloé, la de la Mocha, las Juan Fernández, la Santa María y demás adyacentes al territorio. Esta misma disposición, con ligera variación, se reprodujo en la Constitución de 1833 hasta que fue suprimida por una ley del 9 de Agosto de 1874 que ratificó diversas reformas de esta Constitución.
La Constitución de 1822 fue la obra del Ministro de O’Higgins, don José Antonio Rodriguez Aldea. El Director Supremo se enorgullecía de haberse consignado a sus instancias los límites territoriales, creía que el país conquistaba así todas las regiones que se extendían desde los confines de Valdivia hasta el Cabo de Horno. En nuestro territorio existían entonces algunas soluciones de continuidad que Chile no ocupaba efectivamente: el antiguo territorio de Arauco entre Bío-Bío y el Cautín y desde poco más allá de Valdivia hasta el Cabo de Hornos.  Los fieros araucanos no habían sido aun domados después de tres siglos de luchas; las regiones de las actuales provincias de Osorno y Llanquihue no habían sido exploradas suficientemente; la provincia de Chiloé permanecía fiel a la causa del Rey y estaba sujeta a las autoridades del Perú; y desde allí hasta Cabo de Hornos, todo era desconocido. En tales condiciones y ante los principios del Derecho Internacional europeo sobre qué territorio debían considerarse vacuos, Chile quedaba muy reducido en su extensión.
Esta solemne declaración constitucional, fue calculada para impedir que las naciones europeas ocupasen alguna parte despoblada del territorio nacional, especialmente el Estrecho de Magallanes y sus tierras adyacentes, sobre cuya colonización y navegación ya maduraba en sus proyectos el Director Supremo Bernardo O’Higgins.
Cuando los constituyentes de 1822 estamparon la declaración sobre extensión del territorio patrio, ignoraban la existencia de los títulos del Reino o Capitanía General de Chile, a todo el extremo austral del Continente, de manera que no estuvieron en condiciones de determinar el verdadero uti possidetis de 1810. Ya hemos expuesto cuales fueron esos principales títulos, consistentes en las Reales Células de nombramiento de los gobernadores y en el de creación de la Real Audiencia. De su desconocimiento nació el error, no sólo de los chilenos sino que también de los historiadores y geógrafos extranjeros, de asignar a Chile como límite oriental la cordillera de los Andes. Aunque O’Higgins era de la misma opinión que el historiador Molina sobre la nacionalidad Chilena de los habitantes de los valles, tanto del poniente como del oriente de la gran cordillera, cayó en el olvido de esta convicción al conseguir la declaración en la Constitución de 1823, de que Chile limitaba al oriente con la cordillera de los Andes.
Al suscitarse el largo debate chileno-argentino sobre el dominio y soberanía de cada cual a todo extremo austral de este Continente, fue uno de los argumentos de nuestro contendor aquella errónea manifestación de nuestra Constitución en pugna con los títulos coloniales alegados por Chile. Un tratado de 1856 entre ambas naciones, sin embargo, había dejado sin efecto tácitamente esa objeción.
No entra en el estrecho cuadro de los hechos que comprende esta  Historia, la relación más lata de aquel litigio que hemos mencionado incidentalmente para demostrar la contradicción que existiera entre el uti possidetis y nuestra Constitución en la determinación del territorio efectivo de Chile, a la vista de los títulos de dominio emanados de las autoridades españolas durante el coloniaje.

Continúa en el número 91

Alfonso Aguirre Humeres, historiador

El Fortín del Estrecho